Se publica en el D.O.E. nº 164, de 26 de agosto de 2025, Decreto 87/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas económicas destinadas a personas trabajadoras autónomas y Pymes dirigidas a la conciliación de la vida laboral y familiar.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, dadas de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, y las pequeñas y medianas empresas, incluidas las sociedades civiles con personalidad jurídica.

La finalidad de estas ayudas es promover una mejor conciliación familiar, personal y laboral de las personas trabajadoras en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa.

Se subvencionarán dos posibles actuaciones, a través de dos fórmulas:
• Línea 1: Formalización de acuerdo/s de teletrabajo, por un período de tiempo no inferior a un año, con una o varias personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato laboral, así como contratación de personal nuevo en la modalidad de teletrabajo y establecimiento, en el propio contrato, del acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a un año.
• Línea 2: Enfocada a formalizar acuerdos de flexibilidad horaria por un periodo no inferior a un año con un trabajador/a vinculado/a a la empresa por contrato laboral y/o acuerdos colectivos, firmados con más de un trabajador/a o, mediante acuerdo entre la empresa y los representantes del personal o, en su defecto, con la totalidad o parte de la plantilla.

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https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1640o/25040154.pdf