Publicada en el BOE la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta orden garantiza continuidad normativa y operativa tanto en IRPF (estimación objetiva) como en el régimen simplificado de IVA, sin modificaciones en cifras ni procedimientos con respecto a 2025.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Se mantienen los signos, índices y módulos tal y como estuvieron establecidos para 2025.
  • Se respetan también las mismas instrucciones de aplicación para su cálculo.
  • Reducción del 5 %: todos los contribuyentes que calculen su rendimiento neto a través del método de estimación objetiva aplicarán, al igual que en años anteriores, una reducción automática del 5 %.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), régimen simplificado

  • Los módulos y las instrucciones para aplicarlos se conservan sin cambios respecto al año anterior.
  • Esto garantiza que, tanto los montos como la metodología del régimen especial simplificado de IVA de 2025, sigan vigentes en 2026.

Puede consular la publicación en el BOE en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-25272

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