Errores que obligan al administrador de una empresa a pagar con su patrimonio las deudas del negocio
Los administradores de una empresa también pueden acabar respondiendo con su propio patrimonio por las deudas de la sociedad.
Constituir una sociedad limitada con la convicción de que, pase lo que pase, el patrimonio personal quedará a salvo es una de las ideas más extendidas entre los autónomos societarios. Y también una de las más peligrosas. Porque esa protección existe, pero no es absoluta, y las excepciones son más frecuentes de lo que cualquier administrador imagina cuando firma los estatutos ante notario.
María Fuertes, abogada del despacho Navas & Cusí especializada en derecho mercantil y societario, lo resumió con claridad: “La idea más arraigada es pensar que constituir una SL levanta un muro infranqueable entre el patrimonio de la empresa y el personal.” No obstante, según advirtió la experta, “en la práctica, esa protección existe, pero está llena de excepciones que en el día a día de un pequeño negocio se activan con mucha más frecuencia de la que se cree”
Entre las creencias equivocadas más frEcuentes, la abogada destacó tres especialmente peligrosas: pensar que si la sociedad quiebra “lo pierdo todo menos lo mío”; creer que las deudas con Hacienda o Seguridad Social “son sólo de la empresa”; o asumir que mientras el negocio “vaya tirando” no existe un riesgo real para el administrador.
El problema es que muchos administradores dan por sentada esa protección sin saber exactamente cuándo se aplica y, sobre todo, cuándo deja de hacerlo.
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