Ha sido publicada en el BOE del pasado 29 de septiembre, la Ley de creación y crecimiento de empresas. Esta Ley, así como otra normativa relacionada, ha sido seguida desde el Consejo General de Economistas de España y se han presentado propuestas de enmiendas en audiencia pública, así como en el Congreso y en el Senado.

Las principales novedades mercantiles, a grandes rasgos, han sido las siguientes:

  • Modificación del Capital Social Mínimo. Este no podrá ser inferior a un euro y las sociedades deberán cumplir ciertas normas, hasta alcanzar los 3.000 euros de capital social;
  • Todas las sociedades mercantiles incluirán de forma expresa en la memoria de sus cuentas anuales su período medio de pago a proveedores. El incumplimiento de los plazos puede derivar, entre otras medidas, la pérdida de la condición de beneficiario ante subvenciones públicas.
  • Todas las empresas y autónomos deberán, en general, expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos;
  • Se impulsa la tramitación telemática de empresas, a través de CIRCE;